Consejos para una buena litigación oral - Maestría en Derecho Penal, mención Derecho Procesal Penal

¿Cómo hacer una buena litigación oral si eres abogado?

Compartir

Autor: 
9608 Lecturas

El Sistema Acusatorio Oral para juicios civiles, laborales y tributarios entró en vigor en Ecuador a partir del año 2015, a través del Código Orgánico General de Procesos (Cogep). Esta modalidad procesal otorga un rol preponderante al abogado dentro de un juicio, ya que exige una configuración tripartita en el juzgado, conformada por un acusador, un acusado y un órgano juzgador imparcial. En este proceso es elemental la litigación, entendida como un conjunto de procedimientos que se usan para un juicio oral.

Entre las ventajas del Sistema Acusatorio Oral destaca el poner en práctica tres principios:

  • Oralidad: actos procesales que son realizados a viva voz.
  • Inmediación: contacto directo en audiencia del juez con los sujetos procesales.
  • Contradicción: derecho que tienen las partes de que la práctica de las pruebas se lleve a su presencia ante el juez.

Además, la separación de las funciones procesales (el inicio del proceso por un sujeto distinto del juez, la presentación de carga de la prueba por la parte acusadora y la contradicción entre las partes que son parte de un juicio), permite que las partes involucradas establezcan la carga de la prueba para desvanecer el principio de inocencia que ostentamos todos los ciudadanos en un proceso penal.

Luis Felipe Valdivieso, juez del Tribunal de Garantías Penales de Loja y Defensor Público de Loja, es docente invitado de la UTPL en la Maestría en Derecho Penal, mención Derecho Procesal Penal y, a través de un webinar dirigido a profesionales del Derecho, explicó algunas características propias del proceso de Litigación Oral que hoy te contamos en este post

Luis Felipe menciona que, desde el momento en que las partes tienen conocimiento de los hechos, se debe establecer una hipótesis; mientras que, en las etapas intermedia y de juicio, se debe contar con una sola Teoría del Caso, es decir, un planteamiento de los hechos sobre los que se tenga conocimiento y los cuales se ponen en evidencia ante el juzgador, con perspectivas diversas sobre las circunstancias.

Teoría del Caso

La Teoría del Caso es un proceso de construcción permanente al que añade y se desecha elementos hasta armar el “rompecabezas” de la historia que se defenderá en el debate, acompañada de sus elementos probatorios.

Se trata de una guía práctica para todo el juicio, pues todas las actuaciones en el proceso giran en torno a esta teoría: no se puede litigar sin tenerla. Sirve para formular el alegato de apertura y organizar la prueba, desarrollar los exámenes directos a los testigos, preparar y desarrollar contra exámenes, formular objeciones, determinar las debilidades y fortalezas de los sujetos procesales, adoptar y desechar estrategias de defensa y realizar el alegato de clausura.

¿Cómo se formula la Teoría del Caso?

Luis Felipe explica que, para construir esta teoría, en primer lugar, se debe identificar la acción del sujeto activo y pasivo, involucrados en un juicio, así como las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se desarrollaron los hechos. Luego, se debe relacionar esa acción con los elementos de conocimiento obtenidos del hecho y, si cada aspecto de la historia tiene un referente en los elementos de conocimiento, entonces se cuenta con una Teoría del Caso.

En la construcción de la Teoría del Caso, se pueden emplear distintas teorías:

Teoría fáctica:

Toma los hechos en forma secuencial, lógica, coherente, y convincente, teniendo en cuenta además el posible motivo o explicación de esos hechos para construir la historia. Esta debe incluir lugares, tiempos, acciones, personas que intervinieron, circunstancias, instrumentos, motivos y resultados de la conducta. La narración de la historia en la presentación de alegatos incluye la utilización del lenguaje verbal y no verbal.

Estructura: contiene respuestas al cuándo (elementos de tiempo), dónde (elementos de locación), quién (elementos sujeto activo), qué (conducta del imputado), a quién (elementos sujeto pasivo), circunstancias de modo (instrumentos), resultado de la conducta y móvil de la conducta (por qué).  

Teoría jurídica:

Adecúa los hechos con las diversas normas penales aplicables, en un modo coherente. Es la subsunción, es decir, la acción de encuadrar un hecho jurídico con la hipótesis contenida en una norma general.

Estructura: contiene un análisis de los tipos penales, uso de la teoría del delito y subsunción de la historia de derecho. En el proceso, primero se desagrega cada uno de los elementos estructurales del tipo penal y se establece cómo cada hecho se inserta perfectamente en ellos. Segundo, se establece la participación que tuvo o el papel que tuvo el acusado en los hechos (vinculación subjetiva). La teoría jurídica es la perfecta subsunción del hecho en el derecho.

Una vez se cuente con la Teoría del Caso, el profesional del Derecho debe contar con un alegato, es decir, una exposición razonada que brinde al juez información relevante.

Alegato de apertura

Se debe cuidar que el mensaje llegue al juzgador de forma concisa y contundente, empleando un lenguaje sencillo.

Algunas técnicas que se pueden emplear para este alegato son:

      ➜ Preparar un esquema, no un guion para leer

      ➜ No realizar promesas que no se cumplirán

      ➜ No dar opiniones personales

      ➜ Manejar bien el tiempo

      ➜ Utilizar ayudas audiovisuales

      ➜ Manejar un buen nivel de comunicación

Alegato de conclusión

Al finalizar el juicio oral se debe presentar un alegato de clausura en el que se debe convencer al juez de que su Teoría del Caso ha sido probada. Hay que tener en cuenta lo que aportó cada testigo y cada prueba. No se trata de repetir los hechos sino de hacer efectivo el trabajo realizado antes y durante el juicio. Aquí la teoría del caso se vuelve verdad y las promesas una verdad material.

Dominar este proceso de litigación oral es parte de los conocimientos que se imparten en la Maestría en Derecho Penal, mención Derecho Procesal Penal de la UTPL, que se oferta en modalidad a distancia, con una duración de un año. Este programa de posgrado está disponible para el periodo académico octubre 2020-febrero 2021 y te permite aprender de docentes de amplia trayectoria que poseen títulos de doctorado en universidades de prestigio alrededor del mundo.

¿Le gustó este contenido?

Acerca del autor

Comentarios